|
|
|
|
TARJETAS NACIONALES (INTERDEPARTAMENTALES E INTERPROVINCIALES)
(Resolución Ministerial No. 268 de 25/10/2004)
1. PARA NUEVOS OPERADORES:
- Carta de solicitud dirigida al Director General de Transporte Terrestre, Fluvial y Lacustre, firmada por el representante legal. Indicar si es para transporte de CARGA o de PASAJEROS.
- Deben tener los vehículos a su nombre o a nombre de los socios.
- En caso de transporte de CARGA para personas naturales, pueden tener un máximo de dos (2) vehículos y mínimo de uno (1).
- En caso de transporte de PASAJEROS, deben tener un mínimo de tres (3) omnibuses. Las personas naturales no pueden prestar servicio de pasajeros.
- Fotocopia simple y LEGIBLE del Registro Único Automotor (RUA).
- Fotocopia legalizada del SOAT del año (legalizada por la compañía de Seguros que lo emitió).
SINDICATOS Y ASOCIACIONES DE TRANSPORTE LIBRE:
- Fotocopia legalizada de la Resolución de personería jurídica.
- Nómina de afiliados firmada por los Directivos del Sindicato/Asociación.
- Documentación legalizada por la Autoridad Competente que acredite quiénes son las personas autorizadas para representar a la institución, adjuntando fotocopia de la cédula de identidad de los mismos.
COOPERATIVAS:
- Fotocopia legalizada de la Resolución otorgada por la Dirección General de Cooperativas.
- Relación nominal de socios legalizada por la Dirección General de Cooperativas.
- Fotocopia legalizada del Poder General de el o los representantes legales, adjuntando fotocopia de la cédula de identidad del representante legal que firma la solicitud.
- Fotocopia simple del NIT.
EMPRESAS COLECTIVAS:
- Fotocopia legalizada del testimonio de constitución y fotocopia legalizada de la última modificación de la Constitución si la hubiera, con constancia de inscripción en FUNDEMPRESA en todos los casos.
- Fotocopia legalizada del Poder General de el o los representantes legales, con constancia de inscripción en FUNDEMPRESA. Adjuntando fotocopia de la cédula de identidad del representante legal que firma la solicitud.
- Original de Certificado de Inscripción en FUNDEMPRESA.
- Fotocopia simple del NIT.
EMPRESAS UNIPERSONALES:
- Fotocopia simple y LEGIBLE de la cédula de identidad del titular.
- Original de Certificado de Inscripción en FUNDEMPRESA.
- Fotocopia simple del NIT.
PERSONAS NATURALES:
- Fotocopia simple y LEGIBLE de la cédula de identidad del titular.
- Fotocopia simple del NIT.
2. PARA OPERADORES ANTIGUOS:
- Carta de solicitud con la firma del representante legal, indicando si es tarjeta nueva o renovación.
- Fotocopia simple y LEGIBLE del Registro Único Automotor (RUA).
- Fotocopia legalizada del SOAT del año (legalizada por la compañía de Seguros que lo emitió).
SINDICATOS Y ASOCIACIONES DE TRANSPORTE LIBRE:
- Nómina de afiliados firmada por los Directivos del Sindicato/Asociación, en caso de haber modificaciones.
- Documentación legalizada por la Autoridad Competente que acredite quiénes son las personas autorizadas para representar a la institución, en caso de haber cambios.
COOPERATIVAS:
- Relación nominal de socios legalizada por la Dirección General de Cooperativas (en caso de haber aumento y/o disminución de socios).
- Fotocopia legalizada del Poder General de el o los representantes legales (en caso de haberse emitido un nuevo Poder).
EMPRESAS COLECTIVAS:
- Original del Certificado de Inscripción actualizado de FUNDEMPRESA.
- Fotocopia legalizada de la última modificación de la Constitución debidamente inscrita en FUNDEMPRESA (si la hubiera).
- Fotocopia legalizada del Poder General de Representación Legal debidamente inscrito en FUNDEMPRESA (en caso de haberse emitido un nuevo Poder).
EMPRESAS UNIPERSONALES:
- Original del Certificado de Inscripción actualizado de FUNDEMPRESA.
- En caso de transferirse la empresa unipersonal a otra persona, las tarjetas de operación vigentes quedarán sin efecto y el nuevo propietario deberá iniciar el trámite como NUEVO OPERADOR.
PERSONAS NATURALES:
- Fotocopia simple y LEGIBLE de la cédula de identidad del titular en caso de haberlo renovado.
- Fotocopia de NIT
|
|
|
|
| |
|
|
|
|